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Subvenciones para la realización de obras de conservación, restauración o rehabilitación de hórreos y paneras
Primero.—Beneficiarios:
Podrán optar a la concesión de las subvenciones, en calidad de beneficiario cualquier persona física o jurídica, o institución, todas ellas sin ánimo de lucro, excluidas las Entidades Locales, que sea propietaria de forma individual o compartida, o poseedora con consentimiento expreso del propietario, hórreos, paneras, cabazos u otros elementos de interés etnográfico que formen parte del Patrimonio Cultural de Asturias.
Segundo.—Finalidad:
Concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la realización de obras de conservación, restauración o rehabilitación de hórreos, paneras y cabazos, así como otros elementos de interés etnográfico, que cumplan con alguna de las siguientes condiciones:
a) I incluidos en los Catálogos Urbanísticos municipales aprobados con posterioridad a la entrada en vigor de la Ley 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural (entrada en vigor el 19 de abril de 2001), con un nivel de protección integral.
b) Para los municipios que no cuenten con Catálogos urbanísticos aprobados con posterioridad a la entrada en vigor de la Ley 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural (entrada en vigor el 19 de abril de 2001), aquellos elementos que sean anteriores a 1940 y constituyan muestras notables por su talla, decoración, características constructivas o por formar conjuntos.
Quedan excluidos en esta línea de subvención aquellos elementos que sean Bienes de Interés Cultural o los que formen parte del Inventario del Patrimonio Cultural de Asturias.
Plazo para ejecutar las obras:
desde el 1 de enero de 2026 hasta el 31 de julio de 2027. Solo se subvencionarán los gastos que hayan sido efectivamente pagados con anterioridad a la finalización del período de justificación, 31 de agosto de 2027.
Tercero.—Bases reguladoras:
Resolución de 6 de julio de 2016, de la Consejería de Educación y Cultura, se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para la restauración de elementos que forman parte del Patrimonio Cultural de Asturias para particulares e instituciones sin fines de lucro radicados en el Principado de Asturias (BOPA num. 170 de 22/07/2016) modificadas por Resolución de 21 de julio de 2017 (BOPA 29/07/2017), y por Resolución de 27 de noviembre de 2024 (BOPA 236, 04/12/2024).
Cuarto.—Importe:
Importe total de la convocatoria: 450.000 €.
La cuantía máxima no podrá exceder de 6.000,00 euros (no se subvencionarán actuaciones por encima del 75 % del presupuesto subvencionable).
Quinto.—Plazo de presentación de solicitudes:
Veinte días naturales a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOPA.
Sexto.—Otros datos de interés
El plazo de justificación finalizará el día 31 de agosto de 2027.
